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Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales Artículo 1o. Bis México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Artículo 1o. Bis.

Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I. Autoridades: a los entes públicos que integran a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres órdenes de gobierno, así como los entes públicos que conforme a las disposiciones jurídicas de dichos órdenes de gobierno les confieren autonomía de éstos;

II. Instituciones: a las personas morales que no sean Autoridades;

III. Uso Oficial: a la utilización de los Símbolos Patrios por las Autoridades;

IV. Abanderamiento: a la entrega oficial de la Bandera Nacional a las Autoridades e Instituciones;

V. Autoridad Encargada de Abanderar: al representante del Poder Ejecutivo de la Federación, de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

México Artículo 1o. Bis Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Artículo 1o 1o. Bis 2o 3o ...60

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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